Código SIA: 181000
Deslindes Administrativos
Deslinde y marcaje de inmuebles de patrimonio del Estado.
Órgano responsable: Dirección General del Patrimonio del Estado
Destinatario:
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Ciudadano
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Empresa
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Administración
Presentación:
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Cualquiera de los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la citada Ley
Recuerda
- Este procedimiento se tramita a través del formulario del Registro Electrónico General de la AGE (REC). Desde “IR AL PROCEDIMIENTO” puede:
- Enviar por vía electrónica su solicitud
- Consultar el estado de tramitación de su procedimiento
- Consultar la información relativa al acceso a dicho registro
- Para cualquier consulta relativa a este Servicio Electrónico ofrecido por la Dirección General del Patrimonio del Estado puede contactar con: sgpatrimonio.secretaria@hacienda.gob.es
- Para incidencias técnicas que afecten al REC puede contactar con: http://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/ayudame/telefono.html
Ayuda a la Tramitación
Formularios para la tramitación
Identificación:
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DNI electrónico
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Certificado electrónico
Documentación:
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Nombre: Ninguna
Tipo: Documentación particular del interesado
Obligatorio: No
Intermediado: No
Formularios:Sí (Ver descarga de impresos)
Notificaciones:
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Postal
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Electrónica por comparecencia en Sede
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Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada
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Electrónica por Dirección Electrónica Vial
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Publicación a efectos de notificación
Tasa y/o tarifas: No
Forma de inicio: Oficio
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Efecto silencio: Caducidad
Fase de tramitación:
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Acuerdo de Inicio, Instrucción y Resolución. Conforme al artículo 52 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas
Plazo de resolución: 18 Mes/es
Fin vía: Si
Órganos de resolución:
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En inmuebles de carácter patrimonial de la AGE, el Delegado de Economía y Hacienda correspondiente, por delegación del Ministro de Hacienda
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En inmuebles de carácter demanial de la AGE, el titular del departamento ministerial correspondiente
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En bienes propios de los Organismos Públicos y en los adscritos a los mismos, la competencia corresponde a sus presidentes o directores
Recurso:
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La resolución del deslinde puede ser impugnada en vía contencioso administrativa por infracción del procedimiento. Denominacón del recurso: Contencioso-Administrativo Organo: Juzgado Contencioso -Administrativo Plazo de interposición: 2 meses desde la publicación.
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Recurso potestativo de reposición ante el titular del Departamento (demaniales), el Presidente o Director del Organismo Público (bienes propios o adscritos) o el Ministro de Hacienda (patrimoniales). Plazo: un mes
Normativas básicas
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Ley 33/2003, de 30 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, Boe nº 264 de 4 de noviembre.
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Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. BOE 226 de 18 de septiembre.
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RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2005, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se delegan determinadas competencias en órganos y unidades administrativas del Ministerio de Economía y Hacienda
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Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado