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miércoles 22 de enero de 2025 19:16:25

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Ministerio de Hacienda y Función Pública

Sede Electrónica Central

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Preguntas Frecuentes

De acuerdo con lo previsto en el artículo 38de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, una sede electrónica es aquella dirección electrónica disponible para la ciudadanía por medio de redes de telecomunicaciones. Mediante la sede electrónica se realizarán todas las actuaciones y trámites referidos a procedimientos o a servicios que requieran la identificación de la Administración Pública y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas interesadas. De esta forma, el ministerio cumple con los requisitos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la ciudadanía, empresas y otras administraciones u organismos públicos que se relacionen con el ministerio a través de Internet.

Puede iniciar un procedimiento administrativo, consultar el estado de sus expedientes, recibir notificaciones electrónicas y realizar gestiones que hasta ahora realizaba de forma presencial.

Las sedes electrónicas conviven con los portales y otros entornos web de la Administración, pero son diferentes. Hay una serie de elementos que permiten tener la certeza de que está en una sede electrónica y no en otro tipo de entorno:

  • Constan de una dirección electrónica específica bajo el dominio “. gob.es”

  • Tienen un certificado cualificado de autenticación de sitio web que pueden ser comprobados por los ciudadanos y que la identifica y asegura que nadie ha suplantado sus páginas.

  • La creación de las sedes está sujeta a unos requisitos formales y, por ello, cuenta con unas condiciones de seguridad, responsabilidad y accesibilidad especiales.

  • Recogen información general obligatoria y una serie de  funcionalidades mínimas, que están establecidas en el artículo 10 y 11 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Sí, tienen la misma validez los trámites realizados a través de la Sede electrónica que los efectuados de forma presencial.

La comunicación entre usted y la Sede es segura. Toda la información viaja cifrada, los certificados electrónicos garantizan la identidad de ambas partes. Los datos personales que envía por Internet están cifrados y, una vez guardados en nuestros sistemas, utilizamos los medios necesarios para protegerlos, en cumplimiento de la Ley Orgánica de protección de datos.

Puede acceder a la Sede y realizar trámites desde cualquier lugar, las 24 horas del día y los 365 días del año. Tenga en cuenta que aquellos trámites realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.

Puede acceder a la Sede Electrónica del ministerio y desde la página de inicio consultar:

  • Trámites

  • Información y ayuda a la ciudadanía

Para realizar cualquier trámite debe utilizar los sistemas habituales de autenticación en las administraciones públicas.

Para el cómputo de plazos en cualquier trámite, la fecha y hora oficial de la Sede serán las que tengan validez legal. Y no así la del equipo desde el que se realice el trámite. A estos efectos, se tendrá en cuenta la hora de finalización del trámite, es decir cuando se firme la solicitud y/o documentos y se obtenga el recibo correspondiente del Registro. Por ejemplo, supongamos un trámite administrativo cuyo plazo termina el 20 de septiembre. Si usted comienza a rellenar su solicitud a las 23:50 horas, pero termina a las 00:10 horas del día siguiente, estaría ya fuera de plazo.

Además, tenga en cuenta que los trámites realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.

En el caso de ser un corte de servicio no programado, se pondrá un aviso en la página inicial de la sede (Home).

En la sede electrónica figurará información acerca de cualquier incidencia técnica que acontezca e imposibilite el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, así como de la ampliación del plazo no vencido que, en su caso, haya acordado el órgano competente debido a dicha circunstancia.

La firma electrónica es un conjunto de datos que permiten identificar a la persona que firma del mismo modo que si se tratara de una firma manuscrita.

La firma electrónica con certificado digital que usará tanto el ministerio como usted en la Sede electrónica garantiza además la integridad de los documentos firmados. El documento original firmado no sufre modificaciones posteriores, puesto que, si ese fuera el caso, la validación de la firma daría un resultado negativo y sería rechazada.

El acceso a las sedes electrónicas no requiere la identificación ni autenticación segura. La navegación por sus páginas es idéntica a la de cualquier otro sitio web.

La identificación y autenticación solo es requerida cuando se desee tramitar algún procedimiento o servicio a través de la sede.

La identificación electrónica ante las Administraciones Públicas se puede realizar a través de los siguientes sistemas:

  1. Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación.
  2. Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación.
  3. Sistemas de clave concertada, así como cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezca, siempre que cuenten con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad, previa autorización por parte de la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública. Esta solo podrá ser denegada por motivos de seguridad pública, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior.

Las Administraciones Públicas deberán garantizar que la utilización de uno de los sistemas previstos en las letras a) y b) sea posible para todo procedimiento, a pesar de que se admita para ese mismo procedimiento alguno de los previstos en la letra c).  

Sólo se requerirá el uso obligatorio de firma para:

  • Formular solicitudes
  • Presentar declaraciones responsables o comunicaciones
  • Interponer recursos
  • Desistir de acciones
  • Renunciar a derechos

Un certificado electrónico es un documento emitido y firmado por una autoridad de certificación que identifica a una persona (física o jurídica) y la vincula con un par de claves. Un certificado contiene la siguiente información:

  • Identificación del titular del certificado (Nombre del titular, NIF, e-mail, etc.).

  • Distintivos del certificado: número de serie, entidad que lo emitió, fecha de emisión, periodo de validez del certificado, etc.

  • Una pareja de claves: pública y privada.

  • La firma electrónica del certificado con la clave de la autoridad de certificación (AC) que lo emitió.

Esta Sede utiliza, para la validación de certificados, la plataforma @firma de la Administración General del Estado.

Para más información: Plataforma @firma 

Para obtener una lista completa de los prestadores aceptados por esta plataforma acuda al documento de proveedores de servicios de certificación de @firma 

Según el soporte, los tipos de certificados que puede obtener son básicamente dos:

  • Certificado de software: se trata de un fichero de software cuyo soporte físico es el propio ordenador o servidor donde se instala. Un ejemplo serían los certificados de persona física que emite la FNMT en el marco del proyecto CERES

  • Certificado de tarjeta: en este caso, el certificado electrónico se encuentra en una tarjeta criptográfica. Por ejemplo, el  DNI electrónico.

El DNI electrónico ya tiene incorporado un certificado electrónico. También puede obtener un certificado dirigiéndose a cualquiera de las autoridades certificadoras reconocidas por la Administración General del Estado, que puede consultar en el enlace de la Sede de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) 

Depende del certificado que utilice. En el caso de certificados de tarjeta, como el DNI electrónico, existe documentación disponible al ciudadano en el Portal del DNI, del Cuerpo Nacional de Policía. Si utiliza certificado de software, como el de la FNMT, deberá consultar su página web.

Puede tener más de un certificado en su ordenador y en el momento de utilizarlo se le preguntará cuál de ellos quiere utilizar.

El formato utilizado es PDF, un estándar abierto ampliamente difundido. Solo en casos excepcionales se utilizan conjuntamente los formatos DOCX y ODF. En estos casos, usted puede elegir el que prefiera.

En el ámbito del Ministerio de Hacienda encontramos un total de 12 sedes electrónicas.

Sedes electrónicas asociadas al Punto de Acceso General electrónico (PAGe) de la Administración General del Estado, pero con sitio web independiente

  • Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda

  • Sede Electrónica de la Dirección General de Tributos

  • Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro

  • Sede Electrónica de los Tribunales Económico-Administrativos

  • Sede Electrónica de la Comisión del Mercado de Tabacos

Sedes electrónicas asociadas al Punto de Acceso General electrónico (PAGe) de la Administración General del Estado, pero que se alojan en el sitio web de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda

  • Sede Electrónica de la Secretaría General de Fondos Europeos

  • Sede Electrónica del Instituto de Estudios Fiscales

  • Sede Electrónica de la Intervención General de la Administración del Estado

  • Sede Electrónica del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales

Sedes electrónicas independientes

  • Sede Electrónica de la Agencia Tributaria
  • Sede Electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 
  • Sede Electrónica de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) 

 A través de la Sede Electrónica Central del Ministerio se puede conocer y acceder a la totalidad de procedimientos y servicios competencia de este Departamento:

  • Consultar el buscador por materias o por texto libre de búsqueda.

  • Seleccionar la sede electrónica del órgano responsable de la actuación administrativa.

  • Otra vía posible es consultar en la Sede del Punto Acceso General.

Consultas sobre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

Para información o aclaraciones dirigidas a la AEAT, las consultas se realizan a través del número de teléfono 901 33 55 33 (accesible también a través del 91 554 87 70) en horario de 09:00 a 19:00 h, o en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) acudiendo a una Administración o Delegación de la AEAT, previa petición de cita a través de los números de teléfono 901 200 351 o 91 290 13 40, o de la página web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/ .

Además, podrá obtener asistencia e información sobre deudas y recaudación a través del Centro de Atención Telefónica de Recaudación (REC@T) en el teléfono 91 553 68 01 ó 901 200 350 de lunes a viernes laborables de 09:00 a 14:00 horas. Será atendido por un operador especializado en la materia, y podrá realizar trámites y actuaciones sobre deudas, aplazamientos, embargos, pagos, así como consultar acerca de cualquier documento que hayamos remitido desde los órganos de Recaudación de la AEAT.

En este servicio de atención telefónica de Recaudación, REC@T, se prestan los siguientes trámites y actuaciones de asistencia e información.

  • Pago telefónico de deudas / Generación de documentos de ingreso.

  • Solicitud de aplazamiento/fraccionamiento de pago de deudas en vía ejecutiva.

  • Cumplimentación del requerimiento de datos sobre la cuenta bancaria de domiciliación de aplazamiento o fraccionamiento de pago de deudas.

  • Modificación de la cuenta de domiciliación bancaria de solicitudes y acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento de pago.

  • Solicitud de compensación de deudas en vía ejecutiva con créditos tributarios.

  • Información y consulta sobre las deudas apremiadas.

  • Información y consulta sobre actuaciones y diligencias de embargo de cuentas corrientes, sueldos, salarios y pensiones, créditos, vehículos y devoluciones tributarias, y generación de documentos de ingreso.

Además, tiene la posibilidad de realizar de manera telemática las siguientes gestiones: pagar, aplazar y consultar en el siguiente enlace: Agencia Tributaria: Gestiones: pagar, aplazar y consultar - Pagar deudas

Consultas sobre la Dirección General de Tributos

El procedimiento para la presentación de consultas tributarias se realiza a través del siguiente enlace: Presentación consultas tributarias.

Asimismo, para consultar el estado de tramitación de su solicitud, deberá utilizar el mismo formulario genérico anteriormente mencionado, el código de organismo especificado en las instrucciones del punto 5 y mencionar el número o código de registro individualizado proporcionado en la iniciación de este procedimiento. 

Consultas sobre Auto-firma

Las incidencias con la aplicación auto-firma debe comunicarlas a través del formulario de contacto: Buzón de contacto.

Consultas  sobre cómo obtener la Firma Electrónica

Para obtener la firma electrónica se debe contactar con CERES (Certificación Española) a través del siguiente enlace: CERES - CERES (fnmt.es) 

Asimismo, en el enlace al portal de Firma Electrónica, encontrará amplia información al respecto: Portal Firma - Ciudadanos (firmaelectronica.gob.es) 

Consultas sobre estafas, timos o fraudes por internet

En el caso que usted sea víctima de cualquier delito telemático debe poner una denuncia en cualquiera de los dos correos:

 

  • Registro Electrónico General
  • Mi carpeta ciudadana
  • DNI Electrónico
  • Firma Electrónica
  • Certificado electrónico
     

Desde las sedes electrónicas se puede efectuar una consulta o hacer cualquier sugerencia respecto al contenido o los servicios que se ofrecen a través de ella, utilizando, para ello, los buzones de contacto que deben figuran en todas ellas de forma visible.

Por otro lado, si lo que quiere es presentar una sugerencia o queja formal de carácter general tiene a su disposición, en todas las sedes, el enlace a una aplicación que le permitirá la formulación de quejas y sugerencias por vía electrónica.