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Miércoles, 10 de junio de 2026

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Ministerio de Hacienda

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Código SIA: 991580

  • Contratación y Responsabilidad Patrimonial
  • Dirección General del Patrimonio del Estado

Clasificación de empresas

Determinar las actividades en que se reconoce solvencia para acceder a la adjudicación de contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000. En los contratos de servicios no resulta exigible pero actúa como un instrumento de simplificación administrativa.

Órgano responsable: Dirección General del Patrimonio del Estado

Destinatario:

  • Empresa

Presentación:

  • Electrónica

Qué necesitas para la tramitación

Identificación:

  • DNI electrónico

  • Certificado electrónico

Documentación:

  • Nombre: Solicitud

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Características jurídicas

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Cuentas anuales (dos últimos ejercicios)

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Medios personales

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Medios materiales

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Experiencia (con certificados acreditativos)

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Declaraciones tributarias de operaciones con terceros e IVA

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Informes de vida laboral (último periodo - TGSS)

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Certificado de número anual medio de trabajadores (TGSS)

    Tipo: Documentación particular del interesado

  • Nombre: Habilitaciones o autorizaciones empresariales/profesionales (para las actividades sujetas a estos requisitos)

    Tipo: Documentación particular del interesado

Formularios:Sí (Consultar Formularios para la tramitación)

Notificaciones:

  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada única o DEHú

Tasa y/o tarifas: No

Otra información sobre el trámite

Forma de inicio: Oficio

  • Efecto silencio: Positivo

Forma de inicio: Interesado

  • Efecto silencio: Positivo

Fase de tramitación:

  • Inicio de solicitud de clasificación. Para solicitar la clasificación hay que cumplimentar los formularios y presentarlos electrónicamente, junto con la documentación acreditativa a través de la aplicación web.

  • Tramitación de clasificación. Se le notificará electrónicamente a través de la DEHú durante la tramitación del procedimiento. Podrá presentar documentación electrónicamente durante toda la fase de tramitación.

  • Resolución. Se le notificará electrónicamente a través de la DEHú el acuerdo de resolución del expediente. Los cambios en la clasificación se inscriben de oficio en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.

  • Inicio de la revisión de oficio. El inicio del procedimiento de revisión de oficio se notifica electrónicamente a través de la DEHú.

  • Tramitación de la revisión de oficio. Se le notificará electrónicamente a través de la DEHú durante la tramitación del procedimiento. Podrá presentar documentación electrónicamente durante toda la fase de tramitación ante el Registro Electrónico General (REG).

  • Resolución de la revisión de oficio. Se le notificará electrónicamente a través de la DEHú el acuerdo de resolución del expediente. Los cambios en la clasificación se inscriben de oficio en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Mas información sobre plazos: De oficio se revisan las clasificaciones otorgadas.

Fin vía: No

Órganos de resolución:

  • Comisiones de Clasificación de Obras y Servicios de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado

Recurso:

  • De Alzada ante la Ministra de Hacienda. Plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.

Para más información dirigirse a:

Normativa básica

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

  • Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Normativa que regula la tramitación electrónica

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Recuerda