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Miércoles, 12 de marzo de 2025

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Ministerio de Hacienda y Función Pública

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Código SIA: 3168752

Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público está regulado por los artículos 337 a 345 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los empresarios pueden inscribir en él los datos de personalidad y capacidad de obrar, autorizaciones y habilitaciones, solvencia y clasificación empresarial, a los que se refiere el artículo 339 de la Ley, y sus certificados acreditan frente a todos los órganos de contratación del sector público.

Órgano responsable: Dirección General del Patrimonio del Estado

Destinatario:

  • Empresa

Presentación:

  • Los documentos requeridos para acreditar las inscripciones deben ser fehacientes (originales o copias autenticadas ante notario) y deben aportarse por cualquiera de los procedimientos que a continuación se mencionan junto a una copia del acuse de recibo de la solicitud de inscripción en ROLECE:

  • - Archivo electrónico firmado con la firma electrónica de quien lo expide (Notario o Registrador); No serán admitidos los archivos firmados por el solicitante salvo que la documentación tenga incorporado CSV.

  • - Presentación del documento original o copia legitimada o autenticada en la calle de Alcalá, número 9 (o en cualquiera de los puntos de registro habilitados para ello en aplicación de los dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  • - Por correo dirigido a la calle Alcalá, 9 Madrid 28070, en referencia al procedimiento iniciado ante ROLECE.

  • - Originales, Copia legitimada o autenticada, a presentar en cualquier Delegación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su remisión a la Subdirección General de Clasificación de Contratistas y Registro de Contratos, en referencia al procedimiento iniciado ante ROLECE.

  • - Las Cuentas Anuales se remitirán directamente desde la página web del Registro Mercantil (http://www.registradores.org) a ROLECE (cuentasanuales@patrimoniodelestado.es).

Qué necesitas para la tramitación

Identificación:

  • DNI electrónico

  • Certificado electrónico

Documentación:

  • Nombre: Cuando se trate de Sociedades Anónimas o de Responsabilidad Limitada, la escritura de constitución y las escrituras de modificación que se hubiesen otorgado con posterioridad y reflejen de modo actualizado las circunstancias cuya inscripción soliciten

    Tipo: Documentación particular del interesado

    Obligatorio: No

    Intermediado: No

  • Nombre: Si se trata de otras personas jurídicas, los documentos constitutivos y los que contengan los estatutos por que se rijan, así como las modificaciones que de los mismos se hubiesen efectuado que reflejen de modo actualizado las circunstancias cuya inscripción soliciten

    Tipo: Documentación particular del interesado

    Obligatorio: No

    Intermediado: No

  • Nombre: Las personas físicas aportarán el Documento Nacional de Identidad o, en el supuesto de extranjeros, la documentación equivalente que acredite la identidad, nacionalidad y domicilio del interesado, junto con el resto de la documentación acreditativa de su capacidad de obrar, que sea necesaria según las circunstancias, en particular la de naturaleza tributaria y la que acredite el alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social

    Tipo: Documentación particular del interesado

    Obligatorio: No

    Intermediado: No

  • Nombre: Los nombramientos de los administradores, las delegaciones de facultades y los poderes otorgados para contratar con los entes que formen parte del Sector Público

    Tipo: Documentación particular del interesado

    Obligatorio: No

    Intermediado: No

  • Nombre: Las cuentas anuales de su último ejercicio, aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. En el caso de empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil ni obligados a ello, los libros de contabilidad debidamente diligenciados

    Tipo: Documentación particular del interesado

    Obligatorio: No

    Intermediado: No

  • Nombre: Los títulos y documentos referentes a las autorizaciones o habilitaciones profesionales y a los demás requisitos que resulten necesarios para actuar en un sector de actividad de que dispongan las empresas se inscribirán mediante la aportación del documento original o copia autorizada del mismo

    Tipo: Documentación particular del interesado

    Obligatorio: No

    Intermediado: No

Formularios:Sí (Consultar Formularios para la tramitación)

Notificaciones:

  • Electrónica por comparecencia en Sede

Tasa y/o tarifas: No

Otra información sobre el trámite

Forma de inicio: Oficio

  • Efecto silencio: Negativo

Forma de inicio: Interesado

  • Efecto silencio: Negativo

Fase de tramitación:

  • Solicitud de inscripción

  • Estudio de la solicitud

  • Resolución

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Mas información sobre plazos: Ampliación (art. 32 de la Ley 39/2015) y suspensión de los plazos tras requerimiento (art. 68 de la Ley 39/2015).

Fin vía: No

Órganos de resolución:

  • Subdirección General de Clasificación de Contratistas y Registro de Contratos

Recurso:

  • De alzada ante el Director General del Patrimonio del Estado. Plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación de la resolución.

Para más información dirigirse a:

Normativa

Normativas básicas

  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014

  • Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.