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miércoles, 5 de febrero de 2025

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Ministerio de Hacienda y Función Pública

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Código SIA: 991712

Beneficios tributarios para autopistas de peaje

Concesión de beneficios tributarios para entidades concesionarias de autopistas de peaje.

Órgano responsable: Dirección General de Tributos

Destinatario:

  • Empresa

Presentación:

  • En los registros electrónicos a que se refiere el artículo 16.4.la) de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Qué necesitas para la tramitación

Identificación:

  • DNI electrónico

  • Certificado electrónico

Documentación:

  • Nombre: Escritura de apoderamiento o poder de representación

    Tipo: Común

    Emisor: Estatal

    Obligatorio: Sí

    Intermediado: Sí

  • Nombre: Memoria acerca de las inversiones a realizar con los recursos procedentes de los préstamos o empréstitos. Plan de financiación de dichas inversiones. Copia del contrato o acuerdo del préstamo. Cuadro de amortización del préstamo o empréstito. . . .

    Tipo: Documentación particular del interesado

    Obligatorio: No

    Intermediado: No

Formularios:Sí (Ver descarga de impresos)

Notificaciones:

  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada

Tasa y/o tarifas: No

Otra información sobre el trámite

Forma de inicio: Interesado

  • Efecto silencio: Positivo

Fase de tramitación:

  • Tras la presentación de la solicitud por parte del interesado el órgano competente examina aquella y resuelve motivadamente.

Plazo de resolución: 1 Mes/es

Fin vía: Si

Órganos de resolución:

  • Director General de Tributos por delegación del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

Recurso:

  • Se podrá interponer recurso Contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la Resolución de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 29/1998

Normativa

Normativas básicas

  • Disposición transitoria sexta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

  • Disposición transitoria tercera del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio